Solicitud de Constancia de No Adeudo Ver

REQUISITOS:

 

  1. PERSONA NATURAL:

 

  • NO TENER OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PENDIENTES DE PAGO.
  • COPIA DNI TITULAR Y DE QUIEN REALIZA LA GESTIÓN.
  • EN CASO DE REPRESENTANTE ADJUNTAR PODER CON DOCUMENTO PÚBLICO O PRIVADO ACTUALIZADO CON FIRMA LEGALIZADA NOTARIALMENTE O POR FEDATARIO DESIGNADO POR LA MUNICIPALIDAD (*)

 

  1. PERSONA JURIDICA:

 

  • NO TENER OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PENDIENTES DE PAGO.
  • EXHIBIR DNI DEL REPRESENTANTE LEGAL Y QUIEN REALIZA LA GESTIÓN.
  • VIGENCIA DE PODER (NO MAYOR A 6 MESES).
  • PODER CON DOCUMENTO PÚBLICO O PRIVADO ACTUALIZADO CON FIRMA LEGALIZADA NOTARIALMENTE O POR FEDATARIO DESIGNADO POR LA MUNICIPALIDAD (*)

 

(*) D.S. N° 133-2013-EF, T.U.O. Código Tributario Art. 23º.

 

CONDICIONES:

 

  • NO SE EMITE CONSTANCIA DE NO ADEUDO POR UN SOLO TRIBUTO (IMPUESTO PREDIAL O ARBITRIOS MUNICIPALES).
  • NO SE EMITE CONSTANCIA DE NO ADEUDO POR UN SOLO PREDIO (EN EL SUSPUESTO DE QUE TENGA DOS O MAS PREDIOS).
  • LA CONSTANCIA DE NO ADEUDO SOLO SE EMITIRÁ EN EL CASO DE QUE HAYA PAGADO TODO EL IMPUESTO PREDIAL (TRIBUTO DE PERIODICIDAD ANUAL) HASTA EL AÑO EN CURSO Y LOS ARBITRIOS MUNICIPALES (TRIBUTO DE PERIODICIDAD TRIMESTRAL) HASTA EL TRIMESTRE EN QUE SOLICITA LA CONSTANCIA.
  • LA SOLICITUD SE SUJETA A LA VERIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA RESPECTO DE SU PREDIO, Y EN CASO DE DETECTARSE DIFERENCIAS SE DERIVARÁ A LA SUBGERENCIA DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA PARA LAS ACCIONES CORRESPONDIENTES.

 

NOTA:

 

La Constancia de No Adeudo se emitirá en un plazo mínimo de 5 días hábiles posteriores a la presentación de la Solicitud, y plazo máximo de 30 días hábiles, de acuerdo al artículo 39° del T.U.O. de la Ley N° 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General. Su información está protegida por el derecho constitucional de reserva tributaria, por tanto, el trámite es personal (en caso tenga un representante deberá adjuntar poder con documento público o privado actualizado con firma legalizada notarialmente o por fedatario designado por la Municipalidad). Puede consultar el estado del trámite al WhatsApp (solo mensaje) 940949595 / 940992537. (*) D.S. Nº 133-2013-EF, T.U.O. Código Tributario Art. 23º.

Documentos Ver

Ordenanza N° 612-2024: Ordenanza que establece amnistía en el pago de deudas tributarias y no tributarias en el distrito de Ate.

Publicación Diario Oficial El Peruano 

Decreto de Alcaldía N° 004-2023: Prorroga plazos para el pago del impuesto Predial y de Arbitrios Municipales 2023, la vigencia de la Ordenanza N° 595-MDA y el plazo para la presentación de la declaración jurada anual de impuesto Predial del año 2023,para Grandes, Medianos; Pequeños y Micro Contribuyentes del distrito

Publicación Diario Oficial El Peruano (27/04/2023 )

Decreto de Alcaldía N° 002-2023: Prorrogan plazo para el pago al contado del impuesto predial del año 2023, así como de la primera cuota del impuesto predial y los arbitrios municipales de 2023 y dictan otras disposiciones

Publicación Diario Oficial El Peruano ( 28/03/2023 )

Ordenanza N° 598-2023: Ordenanza que PRORROGA, la vigencia de la Ordenanza Nº 595- MDA, que otorga beneficios tributarios por pronto pago de los Arbitrios Municipales del año 2023 en el distrito de Ate, hasta el 31 de marzo de 2023

Publicación Diario Oficial El Peruano (28/02/2023)

Decreto de Alcaldía N° 001-2023: PRORROGAR, hasta el 31 de marzo de 2023, el plazo de pago al contado del impuesto predial del año 2023 y de la primera cuota del impuesto predial y los arbitrios municipales de 2023, para Grandes y Medianos Contribuyentes en el distrito de Ate, regulado en el artículo 1º de la Ordenanza Nº 593-MDA

Ordenanza N° 596-2023: Ordenanza que fija un tope al incremento de las tasas de arbitrios municipales de barrido de calles, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio fiscal 2023 en el distrito de Ate. 

Ordenanza N° 595-2023: Ordenanza que otorga beneficios tributaros por pronto pago de arbitrios municipales del ejercicio fiscal 2023 en el distrito de ate. 

Ordenanza N°593-2023: Ordenanza que establece las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias para el ejercicio 2023.

Ordenanza N°590-2023: Ejercicio Fiscal 2023, se aplicaran los costos y tasas establecidas por los servicios de Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo establecidos en la Ordenanza N°564-MDA, ratificada mediante Acuerdo de Concejo N°457-MML y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre del 2021, reajustados con la variación acumulada del Índice de Precios al consumidor - IPC, al mes de Junio para Lima Metropolitana, ascendente a 4.44%, establecido en la Resolución Jefatural N°132-2022-INEI.

Ordenanza N°588-2022: Ejercicio 2023, la suma de S/3.50 soles el valor de la Cuponera de Pago; y en S/1.10 soles por cada hoja extra, el monto anual que deberan abonar los contribuyentes por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada de Actualizacion de Valores y Determinacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, incluyendo la Distribucion de la Declaracion Jurada en el Domicilio Fiscal.

Ordenanza N° 578-2022: Ordenanza que otorga beneficios tributarios y no tributarios en la jurisdicción del distrito, entrará en vigencia a partir del 15 de Junio al 15 de Julio del 2022

Publicación Diario Oficial El Peruano (15/06/2022)

Decreto de Alcaldía N.º 005-2022: PRÓRROGA Ordenanza N.º 569-2022, Ordenanza que otorga beneficios tributarios por Pronto Pago de Arbitrios Municipales del ejercicio 2022. 

Publicación Diario Oficial El Peruano (28/02/2022)

Ordenanza N.º 574-2022: Ordenanza que otorga beneficios tributarios y no tributarios en la jurisdicción del distrito.                                                                                                                                          

Publicación Diario Oficial El Peruano (28/02/2022)

Ordenanza Nº 569-2022: Ordenanza que otorga beneficios tributarios por pronto pago de arbitrios municipales del ejercicio 2022.

Publicación Diario Oficial El Peruano (30/01/2022)

Ordenanza Nº 568-2022:  Ordenanza que pone un tope al incremento de las tasas de arbitrios municipales de limpieza pública (barrido de calles), parques y jardines públicos y serenazgo para el ejercicio fiscal 2022 en el distrito de ate

Publicación Diario Oficial El Peruano (23/01/2022)

Ordenanza Nº 564-2021: Ordenanza que establece la vigencia de los importes de los arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo del año 2021 reajustados con el índice de precios al consumidor -IPC para el ejercicio fiscal 2022

Publicación Diario Oficial El Peruano (31/12/2021)

Ordenanza Nº 562-2021: Ordenanza que estable las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias para el ejercicio 2022

Publicación Diario Oficial El Peruano (26/11/2021)

Ordenanza Nº 561-2021: Prorrogar; para el ejercicio 2022, la vigencia de la ordenanza N° 512-mda, que fija en S/ 3.50 (tres con. 50/100 soles); y, en S/1.10 (uno con 10/100 soles) por cada hoja extra, el monto anual que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de impuesto predial y arbitrios municipales; en mérito a los considerandos antes expuestos.

Publicación Diario Oficial El Peruano (26/11/2021)

Convenio de Fraccionamiento Ver

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OFICINA DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL DE INVERSIONES

Documentos

DESCRIPCIÓN Ver
Documentos- 2023
Diagnóstico de Brechas de Infraestructura o de acceso de Servicios de la Municipalidad Distrital de Ate para la fase de Programación Multianual de Inversiones Periodo 2025 – 2027
Criterios de priorización para las inversiones de la Municipalidad Distrital de Ate
Documentos- 2022
Criterios de priorización para las inversiones de la Municipalidad Distrital de Ate
Diagnóstico de Brechas de Infraestructura de la Municipalidad Distrital de Ate
PMI 2023-205
Documentos – 2019
Aprobación del Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2019-2021
Diagnóstico de Brechas
Criterios de Priorización
Actualización de la Resolución Directorial N° 001-2019-EF/63.01